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Sábado, 21 Junio 2025 09:17

Estafas Virtuales: ¿Qué hacer si fuiste víctima y qué deben garantizar los bancos?

Escrito por Yamila Mattig*

Yamila Mattig, abogada y delegada en Entre Ríos de Usuarios y Consumidores Unidos (UCU), en esta nota especial para Río Bravo explica en qué consisten y de qué modo defenderse de los principales ciberdelitos, cuáles son las responsabilidades de las empresas, y cómo hacerlas cumplir.

Con el confinamiento decretado en el año 2020 como consecuencia de la emergencia sanitaria, el comercio electrónico experimentó un crecimiento exponencial. Este fenómeno trajo consigo múltiples beneficios, simplificando y transformando para siempre la forma de contratar y consumir bienes y servicios. Sin embargo, como contracara del auge digital, se produjo también un notable incremento en los ciberdelitos, que con el tiempo fueron diversificándose y recibiendo distintas denominaciones según su modalidad:

-- Phishing, suplantación de identidad a través de correos electrónicos fraudulentos;

-- Vishing, engaños mediante llamadas telefónicas;

-- SIM Swapping, duplicación ilícita de la tarjeta SIM del celular para tomar el control de cuentas digitales, entre otros.

En la actualidad, las estafas virtuales se han consolidado como una de las formas más frecuentes de afectación a los derechos de los consumidores y usuarios financieros. A diario, personas pierden sus ahorros como consecuencia de maniobras fraudulentas, que muchas veces se ven facilitadas por fallas de seguridad en los canales digitales de entidades bancarias y financieras.

Desde Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) trabajamos de manera activa en todas nuestras delegaciones del país para concientizar a la ciudadanía sobre sus derechos, ofreciendo herramientas de prevención, acompañamiento y defensa jurídica frente a estas nuevas formas de vulneración que exigen respuestas urgentes tanto en el plano legal como institucional.

El deber de seguridad de bancos y entidades financieras

La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), en consonancia con el artículo 42 de la Constitución Nacional, impone a quienes comercializan bienes o prestan servicios la obligación de garantizar condiciones de trato digno, información adecuada y, especialmente, seguridad en la persona y en el patrimonio de los consumidores.

En este marco, los bancos y entidades financieras, en su carácter de depositarios de fondos ajenos, tienen el deber legal de proteger los recursos económicos confiados por sus clientes, evitando que terceros accedan a ellos mediante mecanismos ilícitos. Para ello, desde el año 2021, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) —como organismo regulador— ha emitido múltiples comunicaciones y disposiciones de cumplimiento obligatorio, orientadas a reforzar la seguridad digital en el sistema financiero.

Entre dichas medidas se destacan la implementación de doble autenticación para verificar la identidad del usuario, y la prohibición de acreditar automáticamente préstamos personales preaprobados sin una validación previa e integral de identidad, a través de diversos canales.

En este contexto, contamos con jurisprudencia firme en la Provincia de Entre Ríos que ha condenado a entidades bancarias no solo a reintegrar las sumas indebidamente sustraídas, sino también a declarar la nulidad de los préstamos otorgados de forma fraudulenta, es decir, sin el consentimiento libre e informado del consumidor. Además, en dichos pronunciamientos se ha reconocido el derecho a una compensación por daño moral y daño punitivo. Este último reviste una doble finalidad: resarcitoria, para reparar el perjuicio ocasionado, y sancionatoria, destinada a penalizar el incumplimiento doloso o negligente de los deberes legales que recaen sobre las entidades financieras.

Es importante recordar que las instituciones bancarias no sólo están obligadas a cumplir con la Ley 24.240, sino también con las resoluciones y comunicaciones del BCRA, las cuales tienen carácter obligatorio para todas las entidades bajo su supervisión.

¿Fuiste víctima de una estafa virtual? te dejo algunas recomendaciones:

1. Bloquea de inmediato tus cuentas bancarias, tarjetas y claves desde la app o llamando a los números oficiales de tu banco.

2. Hacé la denuncia penal en la comisaría más cercana o ante el Ministerio Público Fiscal. Es importante describir con detalle lo ocurrido.

3. Realiza la denuncia en la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, que será derivada automáticamente a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu localidad. En Paraná, la denuncia llegará a la OMIC Paraná. AQUÍ

4. Conserva toda la documentación: capturas de pantalla, correos, mensajes, comprobantes de transferencia y todo lo que pueda respaldar tu caso.

5. Presenta el reclamo ante el banco, por escrito o a través de los canales digitales oficiales. Invoca el artículo 5 de la Ley 24.240 que impone el deber de seguridad.

6. Buscá asesoramiento legal especializado, ya que puede corresponder una acción por daños y perjuicios si se demuestra responsabilidad de la entidad financiera.

¿Cómo prevenir una estafa virtual?

-- No compartas claves, contraseñas ni datos personales por redes sociales, llamadas o correos electrónicos.

-- Activá la doble autenticación en tus cuentas.

-- No ingreses a enlaces sospechosos ni descargues archivos de remitentes desconocidos.

-- Verificá que estés en el sitio oficial del banco (mirá siempre el “candado” del sitio web).

-- Desconfía de mensajes que anuncien premios, bloqueos de cuenta o urgencias con tono alarmante.

-- Mantener actualizado el software de tu celular, computadora y apps financieras.

Las nuevas formas de fraude exigen también nuevas respuestas jurídicas. Las entidades financieras no pueden desligarse de su rol como garantes de la seguridad de los canales que ofrecen. Como consumidores, tenemos derecho a exigir que las tecnologías digitales no sean un riesgo para nuestro patrimonio.

La información es poder. La prevención, una defensa. Y el acceso a la justicia, un derecho.

* Abogada, delegada en Entre Ríos de Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). Profesora de la cátedra Derechos del Consumidor (UCA).

Publicado por Río Bravo el 19 de junio de 2025. 

Modificado por última vez en Sábado, 21 Junio 2025 09:22

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